La reglamentación de los cambios a la Ley N° 14.208, a través del decreto 3765 publicado en el Boletín Oficial, adecúa la ley provincial de Fertilización Asistida, con la normativa sancionada a nivel nacional que incluye en las prestaciones de prácticas y procedimientos obligatorios, aquellos tratamientos de fertilización asistida bajo técnicas de baja y alta complejidad que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.
En ese sentido, se amplía el criterio de los beneficiarios de la ley, estipulando que “todos los habitantes de la provincia, siendo mayores de edad y teniendo dos años de residencia, podrán acceder a los tratamientos con cobertura pública o de cualquier obra social o medicina prepaga”.
El decreto que lleva las firmas del Ministro de Salud provincial, Alejandro Collia y el Gobernador Daniel Scioli, establece que “no podrán introducirse requisitos o limitaciones que impliquen excluir de la cobertura de tratamientos de fertilización a personas que los requieran, debido a su orientación sexual o estado civil”.
A su vez, se determinó que “quedarán comprendidos por la cobertura prevista los servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos para aquellas personas, incluso menores de los 18 años, que aun no queriendo llevar adelante la inmediata consecución de un embarazo, por problemas de salud o tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas puedan ver comprometida su capacidad de procrear en el futuro”.
En la normativa se establece que las personas “podrán acceder a un máximo de cuatro tratamientos anuales de técnicas de reproducción mecánicamente asistida de baja complejidad; hasta tres tratamientos de técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de tres meses cada uno”.
Fuente: Telam