Ordenan a las empresas instalar salas maternales y guarderías para sus empleadas

Se dio un plazo de 90 días para que la medida entre en rigor. Buscan facilitarle a las madres el cuidado de sus hijos en sus espacios laborales.

Ordenan a las empresas instalar salas maternales y guarderías para sus empleadas

En la Argentina, una medida que ha estado pendiente durante 40 años ha dado su curso en los últimos días. La justicia dispuso que se reglamente un artículo de la Ley de Contrato de Trabajo en un plazo de 90 días hábiles. El mismo indica y ordena a las empresas que habiliten salas maternales y guarderías para niños, especialmente dedicadas para las madres que trabajen para esas firmas.

El fallo, firmado por los jueces de la Sala I de la Cámara, Clara María Do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Manuel Grecco, se dio a conocer esta semana en el portal de noticias del Ministerio Público Fiscal. El dictamen ha comenzado a regir desde el martes pasado, y a partir de esa fecha comenzó a correr el plazo dispuesto por los camaristas.

Una ley sancionada en 1974

Esta medida judicial tuvo su origen en 2015 en el marco de una denuncia conjunta de un hombre que es padre de un hijo de dos años, una mujer con una niña de 18 meses y la organización no gubernamental Centro Latinoamericano de Derechos Humanos. Los querellantes solicitaron que “se condene al Estado Nacional-Poder Ejecutivo por no haber reglamentado el artículo 179° de la Ley de Contrato de Trabajo”.

El artículo mencionado pertenece a una ley sancionada en 1974. El mismo establece que “los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”.

Al comienzo de la demanda, la jueza de primera instancia estimó que aún no se encontraban “acreditadas las condiciones de urgencia necesarias para la procedencia de una acción como la de amparo que por su naturaleza resulta expedita y rápida”. Por otra parte, las camaristas justificaron que “la cuestión corre riesgo de tornarse abstracta, en razón de que al superar los hijos de los accionantes la edad de preescolaridad, la eventual resolución carecería de utilidad”.

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¿A partir de que fecha la medida se debe reglamentar?

La Cámara Federal le dio 90 días al Poder Ejecutivo para la reglamentación del artículo de la ley de Contrato de Trabajo al que se mencionó anteriormente que exige a las empresas a tener guarderías.

¿Todas las empresas deberán tener jardines maternales y guarderías?

Pero no toda empresa debe contar con estos espacios para el cuidado de los niños. Aún queda por decidir a partir de qué cantidad mínima de empleados las empresas deben prestar el servicio.

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